¿Sientes que el Servicio de Impuestos Internos involucra tantas cosas, que llega a desorientarte? No te preocupes, porque nunca es tarde para aprender sobre contabilidad básica y cómo desenvolvernos en mejor en esta institución. Y así, de paso, nos ahorramos dolores de cabeza con multas.
Lo primero que debes en cuenta al querer indagar en la contabilidad tu empresa es:
1. ¿A qué categoría pertenezco?
Los contribuyentes (quienes pagan los impuestos) se dividen en dos tipos: los de 1° categoría y los de 2° categoría. Pagan impuesto de 1° categoría todos aquellos ingresos que percibamos en función de un capital o de una inversión, no de nuestro trabajo. Es decir, si recibimos ganancias de una empresa, o si recibimos un arriendo de una propiedad, o generamos ganancia con nuestras acciones, fondos mutuos o depósitos a plazo (por ejemplo), todo eso, califica para pagar impuesto de 1era categoría, el cual se paga una vez al año, en los meses de abril en la Declaración Renta. El impuesto de 1era categoría a pagar, dependerá del tipo de régimen al que esté acogida tu empresa, pero tiene un tope máximo en la tabla actual de 27%
Mientras que los contribuyentes de 2° categoría, corresponden a aquellos que perciben ingresos a raíz de su trabajo, ya sea en sueldo, boletas de honorarios y/o pensiones. Éste impuesto se descuenta en cada liquidación de sueldo y/o pensión, o bien, se paga anualmente cada abril en la Declaración Renta, en caso que hayas emitido boletas de honorarios. Va desde un tramo exento de impuesto, hasta un tope de un 40%.
2. Si ya iniciaste actividades en el SII, ¿sabes qué giro tienes y si estás afecto a IVA o no?
El giro hace mención a la actividad a la que te dedicas y declaras ante el SII. En términos generales, las empresas de servicios están exentas de IVA, mientras que aquellas que entregan un producto a cambio, están afectas a IVA.
Esto implica que, mes a mes, debes hacer el pago del IVA (19%) del total de tus ventas generadas. Este monto a pagar, se puede ver disminuido por el IVA acumulado en las compras realizadas.
3. Sabiendo lo anterior, ya podrás saber qué es lo que debes pagarle al SII
- Sí estás afecto a IVA, debes pagarlo mes a mes.
- Si tienes trabajadores, debes pagar sus cotizaciones (si están contratados) o la retención del 11,5% (si están con boletas de honorarios).
- Si tuviste ventas deberás pagar el PPM (pago provisional mensual). Esto es un % sobre tus ventas (mínimo 0,2%), que sirve de ahorro para el pago anual de impuesto a 1era categoría.
- Si tienes trabajadores con sueldos sobre los $700.000 imponible (aproximadamente), deberás pagar el impuesto único de 2da categoría
Cómo se paga? Debes llenar los siguientes formularios en la página del SII:
- F29 ( mensualmente) para pagar: IVA, retención boleta de honorarios, impuesto único 2° categoría, PPM.
- F22 (anualmente) para pagar: impuesto de 1° categoría, el cual dependerá del régimen tributario de la empresa; para pymes hay dos: transparente (14D n°3) y pro pyme general (14D N°8); de la utilidad generada por empresas; ingresos recibidos (sueldos, boletas de honorarios, retiros, arriendos, etc)
4-. ¿A qué régimen tributario estoy acogido?
Al entrar a tu portal del SII, al costado derecho superior, en un cuadro azul dirá el régimen actual. Como mencionábamos, existen 2 régimen tributarios a los que se puede acoger un PYME
- Régimen Transparente 14D n°3:
No necesita contabilidad completa, sin embargo, debo hacer la declaración mensual (F29)
No pago impuesto de 1era categoría; todos los ingresos se distribuyen entre los socios y tributan en 2da categoría hasta por un 40%
Tributa por toda la utilidad generada por la empresa, aunque no los haya retirado - Régimen Pro pyme general 14D n°8
Requiere contabilidad completa
Hasta el año 2023, tributa solo por un 10% en 1era categoría
Los socios tributan sólo por los retiros efectuados
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